Es Ley la obligatoriedad del diagnóstico precoz de la colestasis neonatal

El Parlamento fueguino sancionó hoy la Ley que establece la obligatoriedad del diagnóstico precoz de la colestasis neonatal. La norma, apunta a la investigación masiva para la detección temprana de la patología, a través de la incorporación de pruebas de análisis, como prestaciones de rutina en el cuidado del recién nacido, tanto por parte de establecimientos estatales como privados.

El proyecto, que fue presentado por la legisladora Myriam Martínez (FPV-PJ) en junio pasado, fue elaborado en conjunto con distintos profesionales de la salud de Río Grande y del Instituto de los Derechos de Personas con Discapacidad del colegio público de Abogados de Río Grande. En su articulado, se establece que el Ministerio de Salud será el órgano de aplicación de la presente.
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La enfermedad, se trata de un síndrome clínico caracterizado por ictericia más acolia o hipocolia, que evoluciona con alteración de la función hepática. Se habla de colestasis neonatal, cuando ésta se presenta en los primeros 3 meses de vida. Durante el análisis de la norma, los profesionales participantes del debate aseguraron que “si esta enfermedad se detecta o se opera antes de los 45 días de vida, el niño tiene altas chances de sobrevida y de evitar enfermedades como la cirrosis hepática, que son enfermedades secundarias”.